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En esta sección se listan los Artículos publicados. |
Mexico, 27 de mayo de 2015 |
El derecho humano a entender la ley que nos rige - por Diana S. Bichachi |
Fuente: Revista Quaestionis |
Resumen: Dentro del amplio espectro de los derechos humanos ponemos el acento en el derecho al acceso a la información pública como sustento de un verdadero Estado de Derecho. De toda la información pública a la que el ciudadano tiene derecho a acceder, destacamos el segmento referido al acceso a la información legislativa. A partir de ello se postula la necesidad de reconocer el derecho a entender el contenido de las leyes como un derecho humano esencial. La obligación de redactar leyes claras para que el ciudadano pueda ejercer el derecho a entenderlas. Algunos ejemplos de las dificultades que entorpecen la inteligibilidad de una ley. |
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Mexico, 30 de abril de 2015 |
Indice Político:mejor no legislen - por Francisco Rodriguez |
Fuente: Al Momentonoticias.com |
http://www.almomento.mx/indice-politico-mejor-que-no-legislen/ |
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San Juan - Argentina, 15 de marzo de 2015 |
El imperio de las leyes de gusto suma nuevos eslabones - por Sebastián Saharrea |
Fuente: Tiempo De San Juan |
A cada problema, una ley que no se cumple. Hay una lista eterna: ley seca, ley de tránsito, ley de motos, ley de bancos. Y ahora, dos nuevas perlitas: la de salideras bancarias y la de la montaña. Mejor cumplir que legislar para la tribuna. Por Sebastián Saharrea |
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Bolivia, 20 de noviembre de 2014 |
Manual de Tecnica Legislativa - por Israel Ramiro Campero Mendez |
Fuente: Http://www.amdeco.org.bo/archivos/Manual_de_Tecnica_Legislativa.pdf |
El problema de la técnica legislativa, por lo tanto es
capital. La redacción de la Ley puede llevar consigo,
solo como ejemplo, un problema de constitucionalidad
formal o material, esta carga se lleva consigo el
procedimiento legislativo. Que la norma sea o no
una decisión no debería importarnos en grado tal
que adquiera trascendencia, si la aplicación de la
Ley obedece a su forma de producción, que le da su
eminente validez; por lo tanto en cuento la norma deja
de ser proyecto para ser ley, lo que verdaderamente nos
interesa es su aplicación o aplicabilidad, no obstante
sobresalta y sobresaltará siempre el procedimiento,
esto es, el hecho de haber producido una norma con
estándares mínimos de adecuada producción.
Este es el objetivo de este pequeño y sencillo manual,
no son reglas pétreas, sino más bien conductos de
aplicabilidad, que se han sintetizado por el trabajo
que nos tocó ejercer en la Asamblea Legislativa
Plurinacional, acompañando la labor legislativa. |
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Mexico, 22 de octubre de 2014 |
Una cultura de apertura legislativa que se contagia a America Latina - por Por Juan Belbis Investigador De ILDA @juanibelbis |
Fuente: Directorio Legislativo |
Luego de una semana intensa en el DF es momento de reflexionar un poco, hacer algunos balances y aportar un poco de claridad sobre el estado de la apertura legislativa y parlamentaria en América Latina. AbreLatam y ConDatos fueron sin lugar a dudas dos espacios muy enriquecedores para estos debates, con sus diferencias y virtudes, donde confluimos actores del tercer sector, de los gobiernos y de la academia.
Particularmente en AbreLatam tuvimos dos sesiones de trabajo consecutivas donde compartimos ideas, experiencias y posturas sobre la apertura en los Poderes Legislativos. Una primera instancia donde se presentaron muchas iniciativas activas en la región (con diferentes niveles de maduración y desarrollo), y una segunda sesión que se encausó sobre estándares, tecnología y alrededor de una gran pregunta: ¿cuál es el público que consume y reutiliza estos datos?
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España, 19 de octubre de 2014 |
El Parlamento Europeo - por Parlamento Europeo / Oficina De Información En España |
Fuente: Parlamento Europeo / Oficina De Información En España |
La Oficina del Parlamento Europeo en España es un servicio abierto a todos los ciudadanos que desean o necesitan conocer la información y actividades del Parlamento Europeo y de los eurodiputados españoles.
En sus dos sedes (Madrid y Barcelona) la Oficina mantiene un conjunto de servicios destinados a facilitar la relación entre la Institución y los ciudadanos españoles. Dichos servicios se concentran en tres grandes áreas de trabajo: |
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La Plata - Buenos Aires, 19 de julio de 2014 |
“CALIDAD EN LA ADMINISTACION PUBLICA Y CALIDAD PARLAMENTARIA - por Liliana Zendri |
Fuente: UNLP |
Introducción.
Nuestra presentación pretende reflexionar sobre el estado y complejidad de la normativa actual, y en ese sentido, a partir de ver la “Ley” como “producto”, señalar que el tema de su CALIDAD es muy importante como lo es también atender especialmente (atento el desarrollo desmedido que alcanzó la legislación) la existencia de los llamados “vicios de la legislación” que no sólo repercuten en el orden jurídico sino en la sociedad toda, lo que muestra la necesidad dar solución a estos problemas.
Nosotros vemos no solo oportuno y conveniente sino también necesario simplificar la legislación vigente porque la observación de la realidad, muestra un enorme número de leyes que da por resultado, una abultada y “contaminada” legislación que trae un ordenamiento jurídico en el que –a veces- no se sabe que leyes están vigentes y cuáles no.
Esto obliga a legislar mejor (para el futuro) pero respecto la legislación existente, muestra que debe ser “simplificada” contando (nuestro país) con varias experiencias en este sentido.
En las Jornadas se habló de dar perfección a la ley y teniendo presente que ese “producto” una vez alcanzado obliga (por la ficción que dice “la Ley se presume conocida por todos”), en relación al desarrollo desmedido de la legislación, muestra la necesidad d reducir ese vasto “universo normativo” existente, porque hay una “hipertrofia legislativa” tal, que lleva a no saber -a veces- cuál es el derecho vigente.
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Argentina, 26 de mayo de 2014 |
Técnica legislativa - por Brenna, Ramon, Bichachi, Diana Y Molinari , Gabriela |
Fuente: La Ley |
Hemos reunido en este volumen algunos estudios que hemos
realizado acerca de las leyes, de su redacción, de su lenguaje, de su
estructura, de su vigor, de su interpretación y de su inserción en los
sistemas jurídicos.
Lo hemos hecho desde el campo, teórico y práctico, de la nueva
Legística (o la vieja técnica legislativa).
Si la palabra “legística” es reciente, la idea que ella representa es
vieja. El tema de la calidad de los textos normativos, apreciado con
independencia de su contenido, ya aparece en los tratados de Cicerón
sobre la ley, en Francis Bacon en el siglo XVII, en Montesquieu
en el siglo XVIII, en Bentham y Dupin en el siglo XIX. |
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Colombia, 03 de marzo de 2014 |
DECRETO 1345 DE 2010 - por Presidencia De Colombia |
Fuente: Www.dmsjuridica.com |
DECRETO 1345 DE 2010
(ABRIL 23 DE 2010)
"Por el cual se establecen directrices de técnica normativa"
EL PRESIDENTE DE LA R
EPÚBLICA DE COLOMBIA
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en el artículo 189 numeral 11 de la Constitución Política y el artículo 56 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO
Que para facilitar la elaboración y revisión de los decretos y resoluciones antes de su expedición, es necesario adoptar directrices de técnica legislativa que faciliten la labor de los servidores públicos encargados de esas funciones;
Que se deben establecer reglas y tipologías documentales para garantizar la uniformidad, continuidad y adecuada presentación de los decretos y resoluciones;
Que es igualmente necesario dejar constancia de los antecedentes que justifican la expedición de decretos y resoluciones, y asegurar su conservación, recuperación y archivo;
Que para todos estos efectos se ha consultado a la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado;
DECRETA:
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Argentina - La Plata, 16 de enero de 2014 |
El veto presidencial - por Dr. Laureano Camilo FABRÉ |
Fuente: Colegio De Abogados De La Plata |
CONCEPTO-NATURALEZA JURÍDICA
El veto es la facultad que tiene el presidente de la Nación para desaprobar un proyecto de ley sancionado por el Congreso impidiendo así su entrada en vigencia.
Pese a que la Constitución Nacional no contiene una cláusula específica al respecto, es innegable su existencia jurídica, puesto que nuestra norma fundamental refiere a esta institución en forma expresa e implícita, así por ejemplo en el art. 78 se refiere al envío de los proyectos de ley sancionados por el Congreso para su examen; el art. 80 menciona los proyectos desechados parcialmente por el Poder Ejecutivo; y el art. 83 establece que “desechado en todo o en parte un proyecto por el Poder Ejecutivo, vuelve con sus objeciones a la Cámara de origen...”.
La mayoría de la doctrina entiende que el ejercicio del veto se vincula con razones de conveniencia política y de armonización del funcionamiento de los poderes del Estado, vale decir que el veto implicaría uno de los tantos resortes de los controles y equilibrios entre los poderes; existiendo múltiples razones para hacer uso de esta facultad, como por ejemplo: oportunidad y conveniencia, de acierto, de forma o de fondo, de constitucionalidad, de eficacia, |
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